La Ley Federal del Trabajo establece que el patrón tiene la obligación de integrar una Comisión Mixta para efectos del reparto de utilidades; dicha Comisión debe determinar la participación de cada trabajador, Comisión a la que el patrón debe poner a su disposición la lista de asistencia y de raya de los trabajadores.
Igualmente, toda empresa está obligada a entregar a los trabajadores, copia de la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta y poner a disposición de estos, los anexos. Estas obligaciones son de naturaleza colectiva e incluso pueden ser exigidas por medio del derecho de huelga, independientemente de las sanciones administrativas en que puedan incurrir. El proyecto del reparto y que se formule deberá ser firmado por los miembros de la Comisión.
Tips para llenar el documento:
- El acta constitutiva de la Comisión se debe imprimir con el membrete de la empresa.
- El acta de designación de representantes de los trabajadores debe ir sin membrete de la empresa ya que es un acto exclusivo de los trabajadores sin la intervención del patrón. En caso de existir Sindicato, será el propio Sindicato quien designe a los representantes.
- En caso de haber utilidades, la comisión está obligada a realizar o verificar el proyecto de reparto de cada uno de los trabajadores de la empresa tomando en cuenta sueldo y antigüedad, deberá constar por escrito.