El Contrato de Arrendamiento es aquel en que una persona llamado Arrendador otorga el uso de un bien inmueble a otra persona llamado Arrendatario a cambio de un pago o renta durante un período de tiempo.
Actualmente, ante la incertidumbre de pago por parte de los Arrendadores se recomiendan que el Arrendatario otorgue ciertas garantías como un mes de depósito y un fiador que sea propietario de un inmueble libre de gravamen dentro del mismo Estado, si es posible, o algún Estado aledaño al domicilio del inmueble. Por su parte, el Arrendatario deberá garantizar el uso o goce pacífico del bien por el tiempo contratado.
Otro de los aspectos que se deben tomar en cuenta es la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publicada en agosto de 2019, la cual señala que aquellos bienes que sean destinados o utilizados para actividades ilícitas podrán ser sujetos del proceso de extinción de dominio y entregados al Estado. Por esta razón recomendamos que el contrato incluya cláusulas donde se señale el uso que se le dará la bien y se solicite al Arrendador acredite el origen de sus recursos, ya se vía nómina o declaración anual de impuestos.