A raíz de la reforma a la Ley Federal del Trabajo, publicada el pasado 27 de abril del 2021, los esquemas de contratación del personal cambiaron radicalmente en México, las empresas tuvieron que replantear sus estrategias empezando por el objeto o actividades principales. Dicha reforma vino acompañada de cambios en las disposiciones fiscales y de seguridad social trayendo consigo consecuencias de carácter penal.
Dentro de las nuevas disposiciones, se prohibió la subcontratación de personal, es decir, la puesta a disposición de personas a favor de un tercero bajo las órdenes e instrucciones de este. Durante muchos años, muchas empresas se beneficiaron de estas figuras para evadir el pago de prestaciones extracontractuales y sobre todo para evitar la obligación del pago de reparto de utilidades a los trabajadores de la empresa.
No obstante, lo anterior se creó una nueva figura llamada subcontratación de Servicios u Obras Especializadas, cuyo fin es terminar con las malas prácticas de subcontratación y evitar evasiones fiscales.
Para que estas empresas de servicios u obras especializadas puedan operar, es necesario que cuenten con un registro ante el Registro de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas (“REPSE”) que está a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
El incumplimiento de las obligaciones obrero-patronales por parte de estos subcontratistas genera obligaciones solidarias para la persona que contrata o se beneficia de sus servicios. Adicionalmente, existen consecuencias que van desde la no deducibilidad de dichos servicios hasta la responsabilidad penal por actos ilícitos.
Es muy importante asegurarse que los servicios u obras especializadas que se contraten no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos. Se tiene que revisar que no haya una coincidencia en las actividades económicas preponderantes de la empresa contratante y el prestador de servicios.
Adicionalmente, la ley exige un requisito de forma, que es la existencia de un contrato contrato de prestación de servicios u obras especializadas firmado por las partes.
Una vez cumplidos estos requisitos, las personas o empresas que contraten los servicios deberán asegurarse de lo siguiente: |
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Es muy importante recordar que el No presentar o presentar fuera del plazo legal establecido la información señalada en el artículo 15 A de la Ley, generará multas que van de 500 a 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
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