El contrato de arrendamiento es quizá uno de los contratos más comunes y que a la fecha forman parte de la vida de las personas, sin embargo, con el paso de tiempo los propietarios de inmuebles deben estar al pendiente de las reglas y disposiciones aplicables a dichos contratos. |
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En primer lugar, es importante recordar que existe arrendamiento cuando una persona otorga el uso o goce temporal a otra y esta se obliga a pagar un precio cierto por ese uso o goce. Es importante que la ley señala que el contrato de arrendamiento debe otorgarse por escrito.
Por otro lado, es muy importante dejar por escrito, además de lo señalado en el Código Civil correspondiente, cuáles son los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Por ejemplo, actualmente los condominios cuentan con reglamentos de uso de las áreas comunes, reglas para el uso de estacionamientos o cosas tan sencillas como los permisos para que los arrendatarios vivan con sus mascotas.
Una vez identificadas y reglas de uso de los inmuebles y los documentos que el inquilino o arrendador debe conocer, estos deben ser incluidos o referenciados en el proyecto del Contrato de Arrendamiento.
Por lo que hace al precio o monto de la renta, se debe ser específicos en cuanto a la cantidad que se va a pagar y la periodicidad, es decir, de forma mensual o bimestral o, en ocasiones, se pagan varios meses por adelantado. También es importante mencionar si la renta incluye o no el pago del mantenimiento ya que esto puede disminuir considerablemente la ganancia del arrendador.
Actualmente, ante la incertidumbre de pago por parte de los Arrendadores se recomiendan que el Arrendatario otorgue ciertas garantías como un mes de depósito y un fiador que sea propietario de un inmueble libre de gravamen dentro del mismo Estado, si es posible, o algún Estado aledaño al domicilio del inmueble. Por su parte, el Arrendatario deberá garantizar el uso o goce pacífico del bien por el tiempo contratado. También existen las llamadas Pólizas Jurídicas, que brindan servicios de cobranza tanto judicial como extrajudicial en incluso cubren uno o dos meses de renta en caso de incumplimiento de los arrendatarios.
Otro de los aspectos que se deben tomar en cuenta es la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publicada en agosto de 2019, la cual señala que aquellos bienes que sean destinados o utilizados para actividades ilícitas podrán ser sujetos del proceso de extinción de dominio y entregados al Estado. Por esta razón recomendamos que el contrato incluya cláusulas donde se señale el uso que se le dará la bien y se solicite al Arrendador acredite el origen de sus recursos, ya se vía nómina o declaración anual de impuestos.
No debemos olvidar el plazo del arrendamiento, generalmente los contratos se firman por doce meses y el precio de la renta se ajusta conforme al índice de inflación. Dichos plazos, además de ser importantes para aumentar el precio de la renta, también son importantes para determinar posibles ventas de la propiedad, es decir, si el propietario decide vender el inmueble, deber otorgar derechos de preferencia al arrendatario, en caso de que el comprador del inmueble decida no continuar con el arrendamiento, el arrendador deberá terminar el contrato y posiblemente pactar alguna indemnización con el arrendatario, o en su defecto, esperarse a que termine el plazo del arrendamiento.
Por último, hay que tener en cuenta que los contratos de arrendamiento se regirán por el derecho del lugar de su ubicación, aunque sus titulares sean extranjeros; es decir, en caso de cualquier conflicto derivado de contrato de arrendamiento se deberá acudir a los tribunales correspondientes en el Estado o Municipio donde se encuentre el inmueble.
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